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Decreto RD 1851/2009 para la jubilación anticipada: ¿cómo incluir enfermedades?
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Javier.B
Animador de la communidadBuen consejero
Javier.B
Animador de la communidad
Última actividad en 22/10/26 a las 13:29
Registrado en 2025
759 comentarios publicados | 3 en el grupo Derechos y procedimientos administrativos
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Hola @Nichoyual2018
Efectivamente, la inclusión de enfermedades en este listado no es posible a título individual. Ahora bien, nosotros no somos especialistas en aspectos legales o administrativos, por lo que te recomiendo que para conseguir una información más precisa y actualizada siempre es recomendable consultar con organismos oficiales, asociaciones de pacientes o entidades especializadas que puedan orientarte de una forma adecuada.
Entendemos que, tras años de trabajo y distintos diagnósticos a lo largo de la vida, surjan dudas e inquietudes sobre el reconocimiento administrativo de la enfermedad y las posibilidades de jubilación anticipada contempladas en el RD 1851/2009. Este tipo de trámites y marcos legales suelen generar muchas preguntas, así que quizás otros miembros hayan pasado por esto antes y pueden ser de gran ayuda para orientarte y sentirse acompañado.
Invito a los miembros a responderte: @Bluagroivul4 @Jugacru8784 @Cruacol5 @Cloideillabrail0 @Huelimel2973 @Druecuapoir6 @Moderno965 @12Foiril @Crepuer851 @Ploiflosa5 @Gripluil2272 @67Lufebluir @Druechuil7 @Creidaloi1674 @Nuezus977 @Beibeis1075 @Nasutoisuer8349 @Flipen6585 @Neclopiz32 @Faileigluid9 @Cuabruadraiz86 @Nipraduad537 @Breitovul6 @Truarid000 @Hoihuis4428 @Blallaisal7 @Cheiliproiprois27 @3319Boichuzei @0Truafruiglui @Bruyuecod61 @Rubragasol3665 @5Vuecui @848Freizifes @Meigramuas2 @Soiched @Cuaran4440 @2535Lletramofed @Gluetreiz6703 @748Pifreibeid @Pretoise15 @Tuiprueblan3079 @Nunuadruad13 @Drugeimehuin9375 @Tredrual3 @Veguepledois8161 @879Fluilod @Zafluicledroiz323 @Nubleizor @Crerotraid75 @Trocaibluen176 @Rueduadrois1 @Pihein8 @Buaruecruatrel932 @Fruflifirel8402 @Flebipaiz4525 @Crocreil5014 @Trehuyaid848 @Gayuavavaid9944 @9Leiclue @Broipluecreil35 @Dacleipruejuis69 @Glualuirer0268 @Chuipuar66 @Suedrunar9391 @Yavapleid41 @701Foinoidoz @Civueblo892 @Robutod874 @Moizosoid7 @Pedeifruel375 @Ploitroid163 @Druepuguajeid205 @Breflaipetroz22 @5Naivepicruas @Orgullo25 @Huanoz09 @75Grocruisuejiz @Vaipleigoimais34 @Lluadriprar755 @Fuagrugruir816 @Frecacheifrain35 @Reproijuir3251 @Chuiceizer1 @Tuefruez4460 @pseudónimo oculto @Fuagrueso6658 @Nuclofrur46 @Fruinual9383 @03Puaflaiz @Daidruegra609 @Cluagleiplur3626
¿Alguno de vosotros tiene una miopatía congénita u otra enfermedad neuromuscular y ha intentado informarse sobre la jubilación anticipada?
¿Habéis tenido contacto con asociaciones o entidades que representen vuestra patología para este tipo de gestiones o reivindicaciones?
¿Cómo habéis vivido el impacto de la enfermedad en vuestra vida laboral y en el proceso de tomar decisiones sobre el futuro profesional?
Gracias a todos por vuestra participación y por compartir vuestras experiencias con la comunidad.
Javier, del equipo Carenity
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Nichoyual2018
Nichoyual2018
Última actividad en 6/10/26 a las 8:46
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Explorador
@Javier.B
Muchas gracias Javier por dar voz a mi mensaje
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Nichoyual2018
Nichoyual2018
Última actividad en 6/10/26 a las 8:46
Registrado en 2023
2 comentarios publicados | 2 en el grupo Derechos y procedimientos administrativos
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Explorador
Me gustaría que me ayudasen a incluir las Miopatías Congénitas, en el listado que recoge el RD 1851/2009, en el que enumeran las discapacidades que permiten una jubilación anticipada.Actualmente estoy diagnosticada de una Miopatía congénita de Core, aunque ya llevo a mis espaldas diferentes diagnósticos: a los 9 años una distrofia muscular FSH, a los 30 una distrofia muscular congénita y a los 50 parece ser que me han encontrado una alteración genética compatible con una Miopatía congénita. Aunque este diagnóstico tiene mejor pronóstico que el que le dieron a mi madre cuando tenía 9 años, yo me encuentro cada vez más limitada, con afectación psicológica importante y con más de 25 años cotizados por lo que desearía poder jubilarme lo antes posible.Acudo a ustedes para que me orienten, pues según he podido leer no puedo solicitar la inclusión de mi enfermedad a título individual, en el mencionado RD, sino que tienen que hacerlo Asociaciones, fundaciones o entidades representativas de personas afectadas por la patología.A la espera de sus noticias, reciban un cordial saludo,