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¿Puedes trabajar si percibes una pensión de incapacidad permanente total?
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Jayone
A mí me han dado la absoluta. Cobro una pensión de viudedad y la absoluta, en total 1336€, pero no me llega al mes vivo es Euskadi y aquí todo es más caro, aparte pago una hipoteca, acabo de cumplir 56 años así que no me subirán mas
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Nati
Jotaeme
Puedes realizar cierto tipo de tareas con la IPA. Tienes la obligación de declarar en el IRPF anual. Ponte en contacto con las las oficinas del INSS.
Canaluche
Buen consejero
Yo tengo una incapacidad total y puedo trabajar de todo menos de lo que me dieron la incapacidad,estaba trabajando como dependienta,ahora soy comercial,y pago autonomos.La incapacidad 530€,por lo que hay que trabajar de algo.
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Canaluche
leirof
A mi me acaban de conceder la incapacidad total, y apesar de que no me encuentro lista para incorporarme al trabajo física, ni emocionalmente. Pero con una pensión de 590 euros en Euskadi son una miseria y me veo abocada a trabajar.
Gracias por la información. Saludos a todos
Jayone
Leirof también vives en Euskadi
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Nati
susi69
Buen consejero
a mi solo me pagan 101 € por una incapacidad para realizar mi trabajo con esta cantidad no me cabe otra de ponerme a trabajar hasta que el cuerpo me dice basta
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Art
JoseSerrano
Yo cobro 675 euros con rl 75% por incapacidad ya que tengo 56 años y con la epoc no se en que trabajar para cumplimentar un salario digno. Podéis darme ideas de que hacer?.
Usuario desinscrito
que enfermedad teneis vosotros?
Canaluche
Buen consejero
@yesica ,yo estaba como dependienta en una tienda y tengo otisclerosis(sordera)y artrosis, y por eso me la dieron por no poder atender al publico.
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Canaluche
Angelesp
Hola mi profesión es atención domiciliaria Icam me derivó IP y inss probable la deniegan no me veo capacitada para trabajar y mucho menos realizar las tareas propias de mi profesión, atención personas dependientes
Digo probable porque en mi expediente ya está denegada me lo dijo la sta que me atendió inss día de cita entrega documentación ahora esperar carta postal con resolución
Tengo 55 años AR
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AndreaB
Animadora de la comunidadBuen consejero
Si eres perceptor de una incapacidad permanente en grado de total, es decir aquella que te incapacita para el desempeño de tu profesión habitual pero no para todo tipo de profesiones, no puedes compatibilizarla con un trabajo de la misma categoría o grupo profesional por el que te han reconocido dicha incapacidad.
Sin embargo, sí es posible compatibilizarla con otro tipo de actividad laboral, ya sea en la misma empresa o en otra. En este sentido, hay que tener en cuenta que si trabajas, bien sea por cuenta propia como por cuenta ajena y además cobras una pensión de incapacidad permanente total, no tendrás derecho a cobrar el incremento del 20% de la base reguladora cuando tengas cumplida la edad de 55 años. Por lo tanto, en estos casos seguirás cobrando el 55% de la base reguladora.
Además, no hay que olvidarse que la realización de cualquier trabajo por el pensionista se debe comunicar a la Entidad gestora competente, y también si dicha incapacidad permanente en grado de total viene dada por una enfermedad profesional será imprescindible una autorización previa del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
¿Estás en este mismo caso? ¿Que piensas sobre estas pensiones?