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Tribunal médico: qué es, cómo funciona y cuánto tarda el dictamen
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LaCrisy.
Miembro EmbajadorBuen consejero
Millones de gracias @Cholo74
CarlosperugaPontaque
Buen consejero
Mi me dieron in 55 de discapacidad y cda vez creo que estoy peor je pedido revision despues de dos años y nd no me contestan
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Carlos peruga
CarlosperugaPontaque
Buen consejero
He pedido hasta la resolucion de dependencia pues justo me biene para las compras voy con escuter u hago la cama con una mano u suerte del lavavajillas
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Carlos peruga
CarlosperugaPontaque
Buen consejero
Sin embargo aun puedo vestirme y dicharme y conducir conduje mi mujer e hijo
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Carlos peruga
CarlosperugaPontaque
Buen consejero
GraciasCholo
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Carlos peruga
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AndreaB
Animadora de la comunidadBuen consejero
Para solicitar cualquier Incapacidad Permanente es necesario pasar por el Tribunal Médico, y muy a menudo se produce una situación de inquietud y desconocimiento ante la documentación a aportar, lo que va a suceder, y cómo funciona este organismo.
Hoy, os explicamos lo que se debe de tener en cuenta si se va a pasar por ello.
¿Qué es el Tribunal Médico?
El Tribunal Médico (también llamado Equipo de Valoración de Incapacidad E.V.I) es un organismo del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que se encarga de evaluar las solicitudes de incapacidad laboral. Se compone tanto de médicos como de representantes de la Seguridad Social; y su función es esencialmente evaluar cualquier posible caso de Incapacidad Laboral independientemente del grado, así como de las revisiones.
¿Qué tipo de solicitudes se tramitan en el Tribunal Médico?
La incapacidad tiene diferentes grados y puede ser de diferentes tipos, como os contamos en este artículo, pero todas ellas pasan por el Equipo de Valoración de Incapacidades. Aquí os las resumimos:
¿Cómo funciona el Tribunal Médico?
El Tribunal Médico revisa las solicitudes y evalúa al paciente y su capacidad de mejora para determinar si proceden revisiones en el futuro. Para ello necesita toda la documentación posible de los médicos que han tratado al solicitante.
Documentación
Si el especialista se hace cargo, este te informará y solicitará todo lo necesario para poder ayudarte con la solicitud, pero si estás tramitando tu propia incapacidad es importante que sepas que debes llevar todos los informes médicos de los que dispongas contigo, tanto históricos como los más actuales.
Resolución, ¿cuánto tarda?
El plazo máximo que contempla la ley para que recibas la resolución es de 135 días. El INSS te comunicará la resolución por escrito.
Hay que tener en cuenta que la resolución de tu solicitud de Incapacidad Permanente recae sobre el EVI de la provincia en la que residas, contando cada Dirección Provincial del INSS con su propio EVI, con la excepción de Cataluña, que cuenta con un órgano específico para la valoración de incapacidades.
¿Y si no recibo la resolución del inss?
En el caso de que transcurrido el plazo de 135 días, el INSS no te haya notificado la resolución, esta deberá entenderse como desestimada por silencio administrativo negativo.
¿Y si no estoy de acuerdo con la resolución del tribunal médico?
Una de las posibilidades que pueden darse es que el tribunal médico resuelva de forma que el INSS deniegue tu solicitud de Incapacidad Permanente o un grado con el que no estás de acuerdo. Esto es lo más común en un primer momento, salvo que tus lesiones sean de una elevada gravedad y evidentemente incapacitantes.
Dictamen-Propuesta
El Dictamen-Propuesta es un documento en el cual se incluye toda la documentación generada en la solicitud de la Incapacidad, así como la documentación aportada por el paciente, y los resultados de las pruebas que se hayan realizado al paciente en el caso de que existan.
El objetivo y la parte más importante del Dictamen-Propuesta es la resolución de los médicos del tribunal en base a la documentación presentada, las pruebas realizadas, y el estado del solicitante.
También incluye la posibilidad de mandar la incapacidad a revisión en el caso de que pueda haber una mejora en el futuro, y el plazo para esta revisión, así como las prestaciones económicas a las que puede optar el solicitante.
Una vez presentado, el Dictamen-Propuesta se eleva al organismo de la Seguridad Social correspondiente.
¿Se puede reclamar esta decisión?
Si, después de su presentación hay determinados plazos y procedimientos si no se está satisfecho con el Dictamen.
El proceso puede resultar un poco complejo, por lo que es recomendable recurrir a un abogado especializado.
Fuente: Campmany Abogados